jueves, marzo 26, 2026
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Un jurado declara «negligente» a Meta y YouTube en el histórico juicio sobre adicción a las redes sociales

NUEVA YORK.-Un jurado declaró responsables tanto a Meta como a YouTube en una demanda sin precedentes cuyo objetivo era hacer que las plataformas de redes sociales rindan cuentas por los daños causados a los niños que utilizan sus servicios, y concedió a la demandante en caso una indemnización de 3 millones de dólares.

La decisión se produjo tras más de 40 horas de deliberaciones a lo largo de nueve días. Los miembros del jurado decidieron que Meta y YouTube fueron negligentes en el diseño o el funcionamiento de sus plataformas. También determinaron que la negligencia de cada empresa fue un factor sustancial en el daño causado a la demandante, una mujer de 20 años que afirmó que el uso de las redes sociales durante su infancia la volvió adicta a la tecnología y agravó sus problemas de salud mental.

El veredicto multimillonario aumentará, ya que el jurado determinó que las empresas actuaron con malicia, de manera opresiva o fraudulenta, lo que significa que escucharán nuevas pruebas en breve y volverán a la sala de deliberaciones para decidir sobre los daños punitivos.

Meta y YouTube, propiedad de Google, eran los dos demandados restantes en el caso después de que TikTok y Snap llegaran a un acuerdo antes de que comenzara el juicio.

Los miembros del jurado escucharon durante aproximadamente un mes los argumentos de los abogados, los testimonios y las pruebas, y escucharon a la propia demandante, identificada como KGM en los documentos, o Kaley, como la llamaron sus litigantes durante el juicio, así como a los líderes de Meta, Mark Zuckerberg y Adam Mosseri. El director ejecutivo de YouTube, Neal Mohan, no fue llamado a testificar.

Los abogados que representan a Kaley, encabezados por Mark Lanier, tenían la tarea de demostrar que la negligencia de los respectivos demandados fue un factor determinante en el daño sufrido por Kaley. Señalaron características de diseño específicas que, según ellos, estaban diseñadas para “enganchar” a los usuarios jóvenes, como la naturaleza “infinita” de los feeds que permiten un suministro interminable de contenido, las funciones de reproducción automática e incluso las notificaciones.

Se indicó a los miembros del jurado que no tomaran en cuenta el contenido de las publicaciones y los videos que Kaley vio en las plataformas. Esto se debe a que las empresas tecnológicas están exentas de responsabilidad legal por este motivo, gracias a la Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones de 1996.

Meta argumentó que Kaley había tenido problemas de salud mental independientemente de su uso de las redes sociales, señalando a menudo su turbulenta vida familiar. La compañía también aseguró que “ninguno de sus terapeutas identificó a las redes sociales como la causa” de sus problemas de salud mental en una declaración tras los alegatos finales. Pero los demandantes no tenían que demostrar que causaran los problemas de Kaley, solo que fueron un “factor sustancial” en ello.

YouTube se centró menos en el historial médico y de salud mental de Kaley y más en su uso de la plataforma y en la naturaleza de la misma. La empresa argumentó que YouTube no es una red social, sino más bien una plataforma de videos similar a la televisión, y señalaron que su uso disminuyó a medida que la demandante crecía. Según sus datos, ella pasaba un minuto al día en promedio viendo videos cortos de YouTube desde su lanzamiento. Esta función, que se lanzó en 2020, es la sección de la plataforma dedicada a videos cortos y verticales que cuentan con la función de “desplazamiento infinito”, la cual, de acuerdo con los demandantes, era adictiva.

Los abogados que representan a ambas plataformas también insistieron en las funciones de seguridad y los controles que cada una tiene disponibles para que las personas puedan supervisar y personalizar su uso.

El caso, junto con otros, ha sido seleccionado al azar como un juicio indicativo, lo que significa que su resultado podría influir en el desenlace de miles de demandas similares presentadas contra empresas de redes sociales.

Laura Márquez-Garrett, abogada del Social Media Victims Law Center y representante legal de Kaley, aseguró que este juicio era “un medio, no un resultado” durante las deliberaciones.

“Este caso es histórico pase lo que pase porque fue el primero”, indicó Márquez-Garrett, haciendo hincapié en la importancia de que los documentos internos de Meta y Google pasen a ser de dominio público.

Marquez-Garrett afirmó que las empresas de redes sociales “no están retirando del mercado el talco cancerígeno”, probablemente en referencia a un caso anterior en el que trabajaron Lanier y su bufete, en el que consiguieron un veredicto multimillonario. “Y no lo van a hacer porque están ganando demasiado dinero matando a niños”.

Aun así, el Social Media Victims Law Center y los padres que atribuyen la muerte o los daños de sus hijos a las redes sociales seguirán luchando, avió Márquez-Garrett, quien lleva varias pulseras de goma en honor a las víctimas que no se ha quitado desde que comenzó el juicio.

El juicio fue uno de los varios a los que se enfrentan las empresas de redes sociales este año y en el futuro. Son la culminación de años de escrutinio de las plataformas en materia de seguridad infantil, y de si las empresas las hacen adictivas y ofrecen contenido que conduce a la depresión, los trastornos alimentarios o el suicidio.

Algunos expertos ven este ajuste de cuentas como algo que recuerda a los casos contra los mercados del tabaco y los opioides, y los demandantes esperan que las plataformas de redes sociales tengan resultados similares a los de los fabricantes de cigarrillos y las empresas farmacéuticas, las farmacias y los distribuidores.

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