SANTO DOMINGO.-El descontento de los dueños de paneles solares en la República Dominicana se debe a la entrada en vigor de la resolución SIE-007-2026-REG de la Superintendencia de Electricidad (SIE), que establece un «cargo por uso de la red» equivalente al 25% sobre el costo de la energía por cada kWh que los usuarios inyecten al sistema
La medida, bautizada popularmente como el «impuesto al sol», comenzará a aplicarse de forma efectiva por las distribuidoras (como Edesur) a partir del 1 de noviembre de 2026, generando fuertes críticas y denuncias de colectivos ambientales y ciudadanos que sienten que se castiga su inversión privada en energía limpia,
Las dos caras del debate
- Usuarios y activistas: Argumentan que se desincentivan las energías renovables y se perjudica la inversión realizada.
- La SIE: Defiende la medida como un cargo técnico necesario y no un impuesto, señalando mejoras en los procesos de instalación.
SIE aclara dudas sobre cobros por paneles solares
La Superintendencia de Electricidad (SIE) aclaró que su nuevo marco regulatorio para la generación de energía solar no contempla ningún impuesto fiscal, ante las dudas que han vuelto a surgir entre usuarios y ciudadanos sobre el supuesto cobro por el uso de paneles solares.
En los últimos días, el tema ha vuelto a la palestra, generando inquietudes entre usuarios y ciudadanos. Para separar los mitos de la realidad y llevar tranquilidad a los hogares y comercios que apuestan por la energía limpia, la institución ya había aclarado en sus redes sociales de manera definitiva que no existe ningún impuesto fiscal a la generación solar ni a la luz del sol.
Asimismo, las autoridades garantizan que el reglamento no es retroactivo, por lo que los usuarios que ya cuentan con contratos de interconexión vigentes mantienen sus condiciones intactas hasta el vencimiento de los mismos.
En cuanto a los beneficios y mejoras operativas que introduce esta normativa, se destaca una mayor agilidad en las aprobaciones, reduciendo drásticamente el tiempo de respuesta de las distribuidoras desde un plazo de hasta $4$ meses a un límite estricto de un máximo de $45$ días, bajo la condición de que la solicitud queda aprobada automáticamente si la empresa no emite respuesta en ese lapso.

Adicionalmente, el crédito anual por la energía inyectada a la red aumentó del $75%$ al $100%$, el medidor bidireccional será instalado de forma gratuita o se reembolsará su costo en caso de que el usuario lo adquiera por su cuenta, y se eliminó el límite fijo del $15%$ por circuito, sujetándolo a estudios técnicos que garanticen la seguridad y estabilidad de la red.

